CC

Artículo 71. Articulo derogado

El articulo 71 ha sido derogado, por lo que ya no tiene validez legal. Es importante estar al tanto de las modificaciones en la ley.

derogado

Texto Legal

ARTíCULO 71 (DEL ART. 2) Art. 71. Derogado. DEROGADO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La derogacion de este articulo significa que no se deben considerar sus disposiciones en la aplicacion de la ley actual, evitando confusiones legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 71 del CC?

El articulo 71 ha sido derogado, por lo que ya no tiene validez legal. Es importante estar al tanto de las modificaciones en la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 71 de la CC?

La derogacion de este articulo significa que no se deben considerar sus disposiciones en la aplicacion de la ley actual, evitando confusiones legales.

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