El estatuto puede permitir la designacion de fiscalizadores no asociados, y es obligatoria la comision revisora de cuentas en asociaciones con mas de cien asociados. Esto garantiza una supervisión adecuada de las finanzas.
- Fiscalización. El estatuto puede prever que la designación de los integrantes del órgano de fiscalización recaiga en personas no asociadas. En el acto constitutivo se debe consignar a los integrantes del primer órgano de fiscalización. La fiscalización privada de la asociación está a cargo de uno o más revisores de cuentas. La comisión revisora de cuentas es obligatoria en las asociaciones con más de cien asociados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Contar con revisores de cuentas independientes puede aumentar la transparencia y confianza entre los asociados, evitando problemas financieros futuros.
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