CCyC

Artículo 173. Incompatibilidades en fiscalizacion

Los integrantes del organo de fiscalizacion no pueden ser parte de la comision directiva ni certificar estados contables. Esto asegura la independencia en la supervisión de la asociacion.

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Texto Legal

- Integrantes del órgano de fiscalización. Los integrantes del órgano de fiscalización no pueden ser al mismo tiempo integrantes de la comisión, ni certificantes de los estados contables de la asociación. Estas incompatibilidades se extienden a los cónyuges, convivientes, parientes, aun por afinidad, en línea recta en todos los grados, y colaterales dentro del cuarto grado. En las asociaciones civiles que establezcan la necesidad de una profesión u oficio específico para adquirir la calidad de socio, los integrantes del órgano de fiscalización no necesariamente deben contar con título habilitante. En tales supuestos la comisión fiscalizadora debe contratar profesionales independientes para su asesoramiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo protege la integridad de la fiscalizacion, minimizando el riesgo de conflictos de interes que puedan afectar la gestion de la asociacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 173 del CCyC?

Los integrantes del organo de fiscalizacion no pueden ser parte de la comision directiva ni certificar estados contables. Esto asegura la independencia en la supervisión de la asociacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 173 de la CCyC?

Este articulo protege la integridad de la fiscalizacion, minimizando el riesgo de conflictos de interes que puedan afectar la gestion de la asociacion.

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