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Artículo 177. Extincion de la responsabilidad

La responsabilidad de los directivos se extingue por aprobacion de su gestion o por renuncia. Sin embargo, no se extingue si hay infracciones a normas imperativas.

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Texto Legal

- Extinción de la responsabilidad. La responsabilidad de los directivos se extingue por la aprobación de su gestión, por renuncia o transacción resueltas por la asamblea ordinaria. No se extingue: a) si la responsabilidad deriva de la infracción a normas imperativas; b) si en la asamblea hubo oposición expresa y fundada de asociados con derecho a voto en cantidad no menor al diez por ciento del total. En este caso quienes se opusieron pueden ejercer la acción social de responsabilidad prevista para las sociedades en la ley especial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo protege a los directivos de responsabilidades injustas, pero es fundamental que mantengan un manejo transparente para evitar problemas legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 177 del CCyC?

La responsabilidad de los directivos se extingue por aprobacion de su gestion o por renuncia. Sin embargo, no se extingue si hay infracciones a normas imperativas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 177 de la CCyC?

Este articulo protege a los directivos de responsabilidades injustas, pero es fundamental que mantengan un manejo transparente para evitar problemas legales.

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