CCyC

Artículo 2089. Afectación del tiempo compartido

La afectación de un tiempo compartido requiere formalización por escritura pública, según la normativa. Es clave para la validez de este tipo de acuerdos.

afectaciontiempo compartidoescritura

Texto Legal

- Afectación. La constitución de un tiempo compartido requiere la afectación de uno o más objetos a la finalidad de aprovechamiento periódico y por turnos, la que, en caso de tratarse de inmuebles, debe formalizarse por escritura pública, que debe contener los requisitos establecidos en la normativa especial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Asegurarse de que la afectación se formalice correctamente es crucial para evitar problemas legales futuros y garantizar la seguridad jurídica de la transacción.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2089 del CCyC?

La afectación de un tiempo compartido requiere formalización por escritura pública, según la normativa. Es clave para la validez de este tipo de acuerdos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2089 de la CCyC?

Asegurarse de que la afectación se formalice correctamente es crucial para evitar problemas legales futuros y garantizar la seguridad jurídica de la transacción.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 2089 del CCyC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 2089 CCyC desde tu celular