CCyC

Artículo 291. Prohibiciones en instrumentos públicos

Este articulo establece que los instrumentos autorizados por funcionarios publicos son nulos si hay intereses personales de ellos o sus familiares. Esto asegura la imparcialidad en la autorizacion de documentos legales.

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Texto Legal

- Prohibiciones. Es de ningún valor el instrumento autorizado por un funcionario público en asunto en que él, su cónyuge, su conviviente, o un pariente suyo dentro del cuarto grado o segundo de afinidad, sean personalmente interesados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si un funcionario autoriza un documento en el que tiene un interés personal, este documento carece de validez, lo que puede generar conflictos legales y nulidades en transacciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 291 del CCyC?

Este articulo establece que los instrumentos autorizados por funcionarios publicos son nulos si hay intereses personales de ellos o sus familiares. Esto asegura la imparcialidad en la autorizacion de documentos legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 291 de la CCyC?

Si un funcionario autoriza un documento en el que tiene un interés personal, este documento carece de validez, lo que puede generar conflictos legales y nulidades en transacciones.

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