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Artículo 303. Abreviaturas y números

Se prohíbe el uso de espacios en blanco y abreviaturas en la escritura pública, garantizando claridad y precisión en el contenido. Esto es vital para la interpretación.

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Texto Legal

- Abreviaturas y números. No se deben dejar espacios en blanco, ni utilizar abreviaturas, o iniciales, excepto que estas dos últimas consten en los documentos que se transcriben, se trate de constancias de otros documentos agregados o sean signos o abreviaturas científicas o socialmente admitidas con sentido unívoco. Pueden usarse números, excepto para las cantidades que se entregan en presencia del escribano y otras cantidades o datos que corresponden a elementos esenciales del acto jurídico.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El uso incorrecto de abreviaturas o espacios en blanco puede generar ambigüedades que lleven a disputas legales, por lo que es esencial seguir estas pautas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 303 del CCyC?

Se prohíbe el uso de espacios en blanco y abreviaturas en la escritura pública, garantizando claridad y precisión en el contenido. Esto es vital para la interpretación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 303 de la CCyC?

El uso incorrecto de abreviaturas o espacios en blanco puede generar ambigüedades que lleven a disputas legales, por lo que es esencial seguir estas pautas.

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