CCyC

Artículo 481. Reglas aplicables en indivision

Tras la extincion del regimen, se aplican las reglas de la indivision hereditaria. Este articulo establece las normas que rigen la administracion de bienes indivisos tras la extincion de la comunidad.

indivisionherenciabienesreglas

Texto Legal

- Reglas aplicables. Extinguido el régimen por muerte de uno de los cónyuges, o producido el fallecimiento, mientras subsiste la indivisión postcomunitaria se aplican las reglas de la indivisión hereditaria. Si se extingue en vida de ambos cónyuges, la indivisión se rige por los artículos siguientes de esta Sección.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las reglas de indivision hereditaria es importante para gestionar adecuadamente los bienes tras la extincion de la comunidad, evitando conflictos entre los coparticipes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 481 del CCyC?

Tras la extincion del regimen, se aplican las reglas de la indivision hereditaria. Este articulo establece las normas que rigen la administracion de bienes indivisos tras la extincion de la comunidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 481 de la CCyC?

Conocer las reglas de indivision hereditaria es importante para gestionar adecuadamente los bienes tras la extincion de la comunidad, evitando conflictos entre los coparticipes.

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