Si no hay acuerdo sobre la administracion de bienes indivisos, se aplican las normas del regimen de comunidad. Este articulo regula la administracion en caso de falta de consenso.
- Reglas de administración. Si durante la indivisión postcomunitaria los ex cónyuges no acuerdan las reglas de administración y disposición de los bienes indivisos, subsisten las relativas al régimen de comunidad, en cuanto no sean modificadas en esta Sección. Cada uno de los copartícipes tiene la obligación de informar al otro, con antelación razonable, su intención de otorgar actos que excedan de la administración ordinaria de los bienes indivisos. El segundo puede formular oposición cuando el acto proyectado vulnera sus derechos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es recomendable establecer acuerdos claros sobre la administracion de bienes indivisos para evitar conflictos y asegurar una gestion eficiente de los activos compartidos.
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