CCyC

Artículo 489. Cargas de la comunidad

Se detallan las obligaciones que recaen sobre la comunidad, incluyendo el sostenimiento del hogar y los gastos de conservacion. Este articulo es clave para entender las responsabilidades compartidas.

cargasobligacionescomunidad

Texto Legal

- Cargas de la comunidad. Son a cargo de la comunidad: a) las obligaciones contraídas durante la comunidad, no previstas en el artículo siguiente; b) el sostenimiento del hogar, de los hijos comunes y de los que cada uno tenga, y los alimentos que cada uno está obligado a dar; c) las donaciones de bienes gananciales hechas a los hijos comunes, y aun la de bienes propios si están destinados a su establecimiento o colocación; d) los gastos de conservación y reparación de los bienes propios y gananciales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No cumplir con estas obligaciones puede generar conflictos y reclamaciones entre los cónyuges, afectando la liquidacion de bienes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 489 del CCyC?

Se detallan las obligaciones que recaen sobre la comunidad, incluyendo el sostenimiento del hogar y los gastos de conservacion. Este articulo es clave para entender las responsabilidades compartidas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 489 de la CCyC?

No cumplir con estas obligaciones puede generar conflictos y reclamaciones entre los cónyuges, afectando la liquidacion de bienes.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 489 del CCyC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 489 CCyC desde tu celular