Este articulo define las obligaciones personales de los cónyuges, incluyendo deudas previas a la comunidad. Es importante para delimitar responsabilidades en la liquidacion.
- Obligaciones personales. Son obligaciones personales de los cónyuges: a) las contraídas antes del comienzo de la comunidad; b) las que gravan las herencias, legados o donaciones recibidos por uno de los cónyuges; c) las contraídas para adquirir o mejorar bienes propios; d) las resultantes de garantías personales o reales dadas por uno de los cónyuges a un tercero, sin que de ellas derive beneficio para el patrimonio ganancial; e) las derivadas de la responsabilidad extracontractual y de sanciones legales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer estas obligaciones es crucial para evitar sorpresas en la liquidacion, ya que pueden afectar la distribucion de bienes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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