CCyC

Artículo 51. Inviolabilidad de la persona humana

La persona humana es inviolable y tiene derecho al reconocimiento y respeto de su dignidad en cualquier circunstancia. Este principio fundamental establece la base para la protección de los derechos humanos en el ámbito legal.

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Texto Legal

- Inviolabilidad de la persona humana. La persona humana es inviolable y en cualquier circunstancia tiene derecho al reconocimiento y respeto de su dignidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece un principio esencial que protege la dignidad de las personas, lo que implica que cualquier acción que menoscabe este derecho puede dar lugar a reclamaciones legales y responsabilidades para quienes lo infrinjan.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 51 del CCyC?

La persona humana es inviolable y tiene derecho al reconocimiento y respeto de su dignidad en cualquier circunstancia. Este principio fundamental establece la base para la protección de los derechos humanos en el ámbito legal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 51 de la CCyC?

Este articulo establece un principio esencial que protege la dignidad de las personas, lo que implica que cualquier acción que menoscabe este derecho puede dar lugar a reclamaciones legales y responsabilidades para quienes lo infrinjan.

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