CCyC

Artículo 52. Afectaciones a la dignidad

Las personas pueden reclamar la prevención y reparación de daños a su dignidad personal, intimidad, honra o reputación. Este artículo permite a las víctimas buscar justicia ante cualquier menoscabo de su dignidad.

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Texto Legal

- Afectaciones a la dignidad. La persona humana lesionada en su intimidad personal o familiar, honra o reputación, imagen o identidad, o que de cualquier modo resulte menoscabada en su dignidad personal, puede reclamar la prevención y reparación de los daños sufridos, conforme a lo dispuesto en el Libro Tercero, Título V, Capítulo 1.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si su empresa causa daño a la dignidad de un individuo, puede enfrentar demandas por daños y perjuicios, lo que puede afectar su reputación y finanzas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 del CCyC?

Las personas pueden reclamar la prevención y reparación de daños a su dignidad personal, intimidad, honra o reputación. Este artículo permite a las víctimas buscar justicia ante cualquier menoscabo de su dignidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 52 de la CCyC?

Si su empresa causa daño a la dignidad de un individuo, puede enfrentar demandas por daños y perjuicios, lo que puede afectar su reputación y finanzas.

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