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Artículo 795. Obligaciones de no hacer

En las obligaciones de no hacer, el deudor incurre en pena al ejecutar el acto del cual se obligó a abstenerse. Esto establece un claro incentivo para el cumplimiento.

obligaciones de no hacerpenacumplimiento

Texto Legal

- Obligaciones de no hacer. En las obligaciones de no hacer el deudor incurre en la pena desde el momento que ejecuta el acto del cual se obligó a abstenerse.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las obligaciones de no hacer requieren un monitoreo constante para evitar incumplimientos, ya que cualquier acción contraria puede resultar en penalizaciones inmediatas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 795 del CCyC?

En las obligaciones de no hacer, el deudor incurre en pena al ejecutar el acto del cual se obligó a abstenerse. Esto establece un claro incentivo para el cumplimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 795 de la CCyC?

Las obligaciones de no hacer requieren un monitoreo constante para evitar incumplimientos, ya que cualquier acción contraria puede resultar en penalizaciones inmediatas.

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