Si el acreedor renuncia a la solidaridad, la deuda se convierte en mancomunada, permitiendo a los deudores pagar solo su parte. Esto cambia la dinámica de la obligación.
- Extinción absoluta de la solidaridad. Si el acreedor, sin renunciar al crédito, renuncia expresamente a la solidaridad en beneficio de todos los deudores solidarios, consintiendo la división de la deuda, ésta se transforma en simplemente mancomunada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esto puede ser beneficioso para los deudores, ya que limita su responsabilidad, pero deben asegurarse de que la renuncia se formalice correctamente.
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