La indignidad es personal y los derechos sucesorios que pierde el heredero indigno pasan a sus descendientes. Esto significa que la indignidad no solo afecta al individuo, sino también a su familia.
Carácter personal de la indignidad La indignidad es personal. Los derechos sucesorios que pierde el heredero indigno pasan a sus descendientes, quienes los heredan por representación. El indigno no tiene derecho al usufructo ni a la administración de los bienes que por esta causa reciban sus descendientes menores de edad. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que los herederos indignos comprendan que sus acciones pueden impactar a sus descendientes, lo que puede generar complicaciones en la sucesion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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