CC

Artículo 994. Presunción de medianería

Las paredes y cercos entre predios se presumen comunes, a menos que se demuestre lo contrario. Esto afecta la propiedad y el uso de los límites entre terrenos.

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Texto Legal

Presunción de medianería Las paredes, cercos o zanjas situados entre dos predios se presumen comunes, mientras no se pruebe lo contrario. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer esta presunción es clave para evitar conflictos con vecinos sobre el uso y mantenimiento de cercos y paredes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 994 del CC?

Las paredes y cercos entre predios se presumen comunes, a menos que se demuestre lo contrario. Esto afecta la propiedad y el uso de los límites entre terrenos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 994 de la CC?

Conocer esta presunción es clave para evitar conflictos con vecinos sobre el uso y mantenimiento de cercos y paredes.

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