Los actos juridicos que importen peligro de perdida o menoscabo de la libertad, la dignidad o los bienes de una persona, requieren el consentimiento del interesado.
Articulo 22. Los actos juridicos que importen peligro de perdida o menoscabo de la libertad, la dignidad o los bienes de una persona, requieren el consentimiento del interesado.
Este precepto forma parte del titulo preliminar del Codigo Civil Federal, que establece las reglas generales de aplicacion e interpretacion de la ley civil en Mexico.
Las disposiciones preliminares del Codigo Civil son de observancia obligatoria y constituyen el marco general dentro del cual se desarrollan todas las relaciones juridicas entre particulares, incluyendo las relaciones contractuales, patrimoniales y familiares.
Para el ambito empresarial, estas disposiciones fundamentan principios como la buena fe contractual, la irretroactividad de la ley, la autonomia de la voluntad y el respeto al orden publico, que son esenciales en toda transaccion comercial.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para SDV Asesores, este articulo protege la libertad y dignidad de las personas en actos juridicos, exigiendo consentimiento expreso cuando exista riesgo patrimonial. En la contratacion empresarial, esto refuerza la necesidad de obtener consentimiento informado de las partes, especialmente en operaciones que impliquen garantias personales, cesion de bienes o limitaciones a la libertad de accion de las personas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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