CCom

Artículo 1566. Sanciones penales

Texto Legal

El síndico que, en ejercicio de sus funciones, no cumpla con las disposiciones pertinentes, incurre en las sanciones previstas por el Código Penal para los delitos cometidos por los funcionarios públicos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1566 del CCom?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1566 del CCom?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1566 CCom desde tu celular