CCom

Artículo 1600. Actos ineficaces

Texto Legal

Serán ineficaces, sin necesidad de revocatoria, los siguientes actos realizados por el quebrado en menoscabo de la masa, cuando los hubiera ejecutado a partir de la fecha de retroacción: Enajenación de bienes a título gratuito o mediante una contraprestación de valor excesivamente inferior a la del quebrado;Pago de deudas no vencidas, así como la dación de bienes en pago;Constitución de garantías respecto de créditos contraídos con anterioridad al período de retroacción, para los que se hubiere convenido dicha garantía;Los pagos, actos y enajenaciones hechos a título oneroso que se presumen en fraude de acreedores, si el síndico o cualquier interesado prueba que el tercero conocía el mal estado de los negocios del fallido, yEn el caso de quiebra de una sociedad, todo acuerdo de fusión, transformación o cualquier otra reforma estatutaria alterando la responsabilidad de los socios en menoscabo de la masa. Deben entregarse al síndico tales bienes y los frutos de los bienes que se restituyeran a la masa y los réditos de las cantidades que se devolvieran. La ineficacia de los actos puede ser declarada de oficio, sin necesidad de petición expresa. Es apelable en el efecto devolutivo.

Preguntas Frecuentes

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