CCom

Artículo 422. Disminucion de capital

Texto Legal

El capital asignado por la sociedad constituida en el extranjero para la explotación de sus negocios en el país, no puede reducirse sino con sujeción a lo prescrito en este Título con relación a las garantías de los acreedores establecidas en el país.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 422 del CCom?

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