CCom

Artículo 494. Omision del lugar y fecha de cumplimiento

Texto Legal

Si se omite el lugar de cumplimiento o el de ejercicio del derecho, se tendrá como tal el domicilio del creador del título; y si se hubieran señalado varios lugares entre ellos podrá elegir el tenedor. Sin embargo, cuando el titulo sea representativo de mercaderías, también podrá ejercer la acción derivada del mismo, en el lugar en que estas deban ser entregadas. Si no se menciona la fecha o el lugar de creación del título, se tendrá como tales la fecha y el lugar de su entrega.

Preguntas Frecuentes

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