CFPC

Artículo 114. Asentamiento literal y firma de declaraciones

Las declaraciones se asientan literalmente conforme se producen y se firman al pie y margen por los absolventes tras leerlas. Si no saben firmar, pondran huella digital; si se rehusa, firma solo el tribunal.

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Texto Legal

Las declaraciones serán asentadas literalmente, a medida que se vayan produciendo, y serán firmadas al pie de la última hoja y al margen de las demás en que se contengan, así como el pliego de posiciones, por los absolventes, después de leerlas por sí mismos, si quisieren hacerlo, o de que les sean leídas por la Secretaría, en caso contrario. Fe de erratas al párrafo DOF 13-03-1943

Si no supieren firmar, pondrán su huella digital, y, si no quisieren hacer lo uno ni lo otro, firmará sólo el tribunal y hará constar esta circunstancia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El asentamiento literal es critico para la validez del acta. Contadores y abogados deben revisar que las actas reflejen exactamente lo manifestado, ya que luego no pueden variarse ni en sustancia ni en redaccion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 114 del CFPC?

Las declaraciones se asientan literalmente conforme se producen y se firman al pie y margen por los absolventes tras leerlas. Si no saben firmar, pondran huella digital; si se rehusa, firma solo el tribunal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 114 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

El asentamiento literal es critico para la validez del acta. Contadores y abogados deben revisar que las actas reflejen exactamente lo manifestado, ya que luego no pueden variarse ni en sustancia ni en redaccion.

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