CFPC

Artículo 151. Presentacion de dictamen pericial conjunto

Los peritos que estan conformes presentan un dictamen unico firmado por ambos. Si discrepan, cada uno formula su dictamen por separado.

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Texto Legal

Si los peritos están conformes, extenderán su dictamen en un mismo escrito que presentarán, o en un acta que harán asentar por el secretario del tribunal, firmando los dos. Si no lo estuvieren, formularán su dictamen en escrito por separado, del que acompañarán una copia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece el formato de presentacion del dictamen pericial. Cuando hay acuerdo entre peritos, el tramite es mas eficiente. Cuando hay desacuerdo, cada perito debe entregar su opinion separada para que el tribunal pueda evaluar ambas posiciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 151 del CFPC?

Los peritos que estan conformes presentan un dictamen unico firmado por ambos. Si discrepan, cada uno formula su dictamen por separado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 151 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Este articulo establece el formato de presentacion del dictamen pericial. Cuando hay acuerdo entre peritos, el tramite es mas eficiente. Cuando hay desacuerdo, cada perito debe entregar su opinion separada para que el tribunal pueda evaluar ambas posiciones.

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