La declaracion, una vez ratificada, no puede variarse ni en la substancia ni en la redaccion.
La declaración, una vez ratificada, no puede variarse ni en la substancia ni en la redacción.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta regla genera seguridad juridica pero puede ser perjudicial si la redaccion en acta fue deficiente. Los testigos deben leer cuidadosamente antes de ratificar, y si hay error, deben solicitarlo antes de firmar.
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Art. 183. Firma y ratificacion de declaracion testimonial
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Art. 185. Prohibicion de prueba testimonial duplicada
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