Senala que la apelacion puede admitirse en efecto devolutivo y suspensivo conjuntamente, o solo en efecto devolutivo. Esta clasificacion determina si la sentencia se ejecuta mientras pende el recurso.
La apelación puede admitirse en el efecto devolutivo y en el suspensivo, o sólo en el primero.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Distincion critica: en ambos efectos suspende ejecucion; solo devolutivo permite ejecucion inmediata. Afecta directamente estrategias de litigio y cobro durante el recurso.
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Art. 231. Objeto y alcance de la apelacion
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Art. 233. Efectos de apelacion en ambos efectos
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