CFPC

Artículo 255. Aprecia de hechos en segunda instancia

Fuera de los supuestos del articulo 253, el tribunal en segunda instancia se limita a apreciar los hechos tal como fueron probados en primera instancia.

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Texto Legal

Fuera de los casos del artículo 253, el tribunal se concretará, en su fallo, a apreciar los hechos tal como hubieren sido probados en la primera instancia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este principio es muy restrictivo: la apelacion no es nueva oportunidad para probar hechos. El tribunal apelado solo revisa la aplicacion del derecho a los hechos ya establecidos, reforzando la importancia de preparar bien el juicio en primera instancia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 255 del CFPC?

Fuera de los supuestos del articulo 253, el tribunal en segunda instancia se limita a apreciar los hechos tal como fueron probados en primera instancia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 255 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Este principio es muy restrictivo: la apelacion no es nueva oportunidad para probar hechos. El tribunal apelado solo revisa la aplicacion del derecho a los hechos ya establecidos, reforzando la importancia de preparar bien el juicio en primera instancia.

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