Fuera de los supuestos del articulo 253, el tribunal en segunda instancia se limita a apreciar los hechos tal como fueron probados en primera instancia.
Fuera de los casos del artículo 253, el tribunal se concretará, en su fallo, a apreciar los hechos tal como hubieren sido probados en la primera instancia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este principio es muy restrictivo: la apelacion no es nueva oportunidad para probar hechos. El tribunal apelado solo revisa la aplicacion del derecho a los hechos ya establecidos, reforzando la importancia de preparar bien el juicio en primera instancia.
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