CFPC

Artículo 281. Dias y horas habiles

Define dias habiles como todos del año excepto domingos y festividades legales. Horas habiles comprendidas entre 8 y 19 horas. Base para calculo de terminos procesales.

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Texto Legal

Las actuaciones judiciales se practicarán en días y horas hábiles. Son días hábiles todos los del año, menos los domingos y aquellos que la ley declare festivos. Son horas hábiles las comprendidas entre las ocho y las diecinueve.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Fundamental para calculo de terminos. Los domingos y festividades no se cuentan; terminos pueden extenderse por falta de despacho (articulo 286). Documenta fechas festivas locales si existes controversia sobre término.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 281 del CFPC?

Define dias habiles como todos del año excepto domingos y festividades legales. Horas habiles comprendidas entre 8 y 19 horas. Base para calculo de terminos procesales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 281 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Fundamental para calculo de terminos. Los domingos y festividades no se cuentan; terminos pueden extenderse por falta de despacho (articulo 286). Documenta fechas festivas locales si existes controversia sobre término.

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