CFPC

Artículo 303. Oportunidad de notificaciones y emplazamientos

Las notificaciones, citaciones y emplazamientos se efectuarán lo más tarde el dia siguiente al de la resolucion que las ordene, a menos que el tribunal disponga otra cosa.

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Texto Legal

Las notificaciones, citaciones y emplazamientos se efectuarán, lo más tarde, el día siguiente al en que se dicten las resoluciones que las prevengan, cuando el tribunal, en éstas, no dispusiere otra cosa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este es un articulo critico para evitar nulidades: las notificaciones deben ser veloces (dia siguiente maximo). Cualquier demora injustificada puede ser cuestionada. Los abogados deben verificar que el notificador cumpla inmediatamente tras dictarse la resolucion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 303 del CFPC?

Las notificaciones, citaciones y emplazamientos se efectuarán lo más tarde el dia siguiente al de la resolucion que las ordene, a menos que el tribunal disponga otra cosa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 303 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Este es un articulo critico para evitar nulidades: las notificaciones deben ser veloces (dia siguiente maximo). Cualquier demora injustificada puede ser cuestionada. Los abogados deben verificar que el notificador cumpla inmediatamente tras dictarse la resolucion.

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