CFPC

Artículo 304. Requisitos formales en ordenes de notificacion

La resolucion que ordena notificacion, citacion o emplazamiento debe expresar claramente el objeto de la diligencia y los nombres de las personas con quienes debe practicarse.

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Texto Legal

La resolución en que se mande hacer una notificación, citación o emplazamiento, expresará el objeto de la diligencia y los nombres de las personas con quienes ésta deba practicarse.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta exigencia formal es preventiva contra errores notificatorios. El tribunal debe especificar a quien notificar y el proposito. Si falta precision, la notificacion puede ser nula. Recomendamos revisar cada resolucion notificatoria antes de actuar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 304 del CFPC?

La resolucion que ordena notificacion, citacion o emplazamiento debe expresar claramente el objeto de la diligencia y los nombres de las personas con quienes debe practicarse.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 304 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Esta exigencia formal es preventiva contra errores notificatorios. El tribunal debe especificar a quien notificar y el proposito. Si falta precision, la notificacion puede ser nula. Recomendamos revisar cada resolucion notificatoria antes de actuar.

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