Causan ejecutoria: sentencias sin recurso posible, sentencias no recurridas o con recurso desierto, y sentencias consentidas expresamente por las partes. Establece tres vias para ejecutoriedad.
Causan ejecutoria las siguientes sentencias:
I.- Las que no admitan ningún recurso;
II.- Las que, admitiendo algún recurso, no fueren recurridas, o, habiéndolo sido, se haya declarado desierto el interpuesto, o haya desistido el recurrente de él, y
III.- Las consentidas expresamente por las partes, sus representantes legítimos o sus mandatarios con poder bastante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Enumera exhaustivamente los supuestos de ejecutoria. Importante diferenciar: no admision de recurso vs. recurso no interpuesto vs. consentimiento expreso. Cada supuesto tiene consecuencias distintas. Revisar plazos de recurso religiosamente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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