Quien solicita embargo precautorio debe otorgar garantia suficiente para responder por danos y perjuicios causados. El demandado puede obtener el levantamiento de la medida u otorgando contragarantia para responder por los resultados del juicio.
La parte que solicite la medida debe previamente otorgar garantía suficiente para responder de los daños y perjuicios que con ella se ocasionen, y la parte contra la que se dicte podrá
CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Código Abrogado DOF 07-06-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
obtener el levantamiento de la medida, o que no se efectúe, otorgando contragarantía suficiente para responder de los resultados del juicio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta es una proteccion importante para el demandado. Si el demandante pierde, podra reclamar danos. El demandado tiene dos opciones: levantar la medida con garantia suficiente o demostrar solvencia mediante contragarantia.
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