CFPC

Artículo 406. Apelacion del auto de denegacion

El auto que niega la ejecucion es apelable en ambos efectos, permitiendo que cualquiera de las partes recurra la decision de no ejecutar.

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Texto Legal

El auto que niegue la ejecución es apelable en ambos efectos.

CAPITULO II Documentos ejecutivos

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta apelabilidad en ambos efectos contrasta con otros autos menos importantes. Refleja la relevancia de la decision de ejecutar o no ejecutar una sentencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 406 del CFPC?

El auto que niega la ejecucion es apelable en ambos efectos, permitiendo que cualquiera de las partes recurra la decision de no ejecutar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 406 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Esta apelabilidad en ambos efectos contrasta con otros autos menos importantes. Refleja la relevancia de la decision de ejecutar o no ejecutar una sentencia.

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