Las partes en procedimientos de ejecucion asumen responsabilidades conforme a lo establecido en el Capitulo II del Titulo Primero del Libro Primero del codigo.
Las partes, en la ejecución, son responsables en los términos establecidos en el Capítulo II del Título Primero del Libro Primero.
CAPITULO VI Embargos
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Se trata de una remision normativa a otras disposiciones generales del codigo. Requiere consultar los articulos iniciales para identificar obligaciones especificas de conducta procesal.
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Art. 430. Oposicion de tercero con controversia relacionada
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Art. 432. Procedimiento de embargo ante ausencia del deudor
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