Dentro de tres dias de notificada una correccion disciplinaria, la persona sancionada puede pedir audiencia ante el mismo tribunal. La audiencia se celebra en ocho dias y se resuelve sin posterior recurso.
Dentro de los tres días de haberse hecho saber una corrección disciplinaria a la persona a quien se hubiere impuesto, podrá ésta pedir, ante el mismo tribunal, que la oiga en justicia. Recibida la petición, citará el tribunal, para dentro de los ocho días siguientes, a una audiencia, al interesado, en la que, después de escuchar lo que expusiere en su descargo, resolverá en el mismo acto, sin ulterior recurso.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este es el unico recurso disponible contra correcciones disciplinarias. El plazo de tres dias es breve y debe contarse desde notificacion efectiva. La resolucion es definitiva sin apelacion, asi que la audiencia es la ultima oportunidad de defensa.
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