CFPC

Artículo 584. Prescripcion acciones colectivas plazo

Las acciones colectivas prescriben a los tres anos seis meses contados desde que se causo el dano. Para danos continuos, el plazo comienza del ultimo dia de generacion del dano.

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Texto Legal

Las acciones colectivas previstas en este título prescribirán a los tres años seis meses contados a partir del día en que se haya causado el daño. Si se trata de un daño de naturaleza continua el plazo para la prescripción comenzará a contar a partir del último día en que se haya generado el daño causante de la afectación. CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Código Abrogado DOF 07-06-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Artículo adicionado DOF 30-08-2011

Capítulo II De la Legitimación Activa Capítulo adicionado DOF 30-08-2011

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Revise cuidadosamente si el dano es instantaneo o continuo, pues el termino de prescripcion varia. Para danos continuos (ej: contaminacion continua), el plazo favorece al demandante al contar desde el ultimo evento danino.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 584 del CFPC?

Las acciones colectivas prescriben a los tres anos seis meses contados desde que se causo el dano. Para danos continuos, el plazo comienza del ultimo dia de generacion del dano.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 584 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Revise cuidadosamente si el dano es instantaneo o continuo, pues el termino de prescripcion varia. Para danos continuos (ej: contaminacion continua), el plazo favorece al demandante al contar desde el ultimo evento danino.

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