Si hay oposicion de tercero contra la cumplimentacion, se substanciara y resolvera por procedimiento incidental, permitiendo defensa de derechos de terceros durante ejecucion.
Si hubiere oposición de parte de tercero contra la cumplimentación, se substanciará y resolverá aquella por el procedimiento incidental.
TITULO TERCERO
CAPITULO UNICO CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Código Abrogado DOF 07-06-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Litigio
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta disposicion es valiosa para terceros afectados por ejecuciones (ej: embargo en bien de tercero). El procedimiento incidental permite prueba y defensa rapida sin suspender la ejecucion totalmente. Abogados de terceros deben conocer este mecanismo para proteger clientes durante embargos o desalojos.
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Art. 68. Revision de cumplimentacion por tribunal
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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