El tribunal revisara de oficio la cumplimentacion de resoluciones. La revision busca subsanar errores cometidos. La resolucion que pronuncie es apelable.
La cumplimentación de que trata el artículo anterior será revisada, de oficio, por el tribunal. La revisión tendrá por objeto ordenar que se subsanen los errores cometidos en la cumplimentación. La resolución que pronuncie será apelable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta revision es control de calidad importante. Si el ministro ejecutor comete errores (diligencia incompleta, notificacion defectuosa), el tribunal puede ordenar subsanacion. La apelabilidad permite revisiones posteriores por tribunal superior si hay inconformidad.
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