Establece los requisitos que deben cumplir los contribuyentes al solicitar la devolución de cantidades pagadas indebidamente o en exceso, incluyendo documentación probatoria, estado de cuenta bancario y declaraciones correspondientes.
Las solicitudes de devolución de contribuciones deberán presentarse ante el SAT cumpliendo los requisitos establecidos en las fichas de trámite correspondientes publicadas en la Resolución Miscelánea Fiscal.
Los contribuyentes deberán anexar a su solicitud de devolución la documentación que acredite el origen del saldo a favor o del pago de lo indebido, incluyendo declaraciones, comprobantes fiscales y estados de cuenta que soporten las operaciones que dieron lugar al mismo.
La solicitud deberá incluir los datos de la cuenta bancaria del contribuyente, en particular la CLABE interbancaria estandarizada, a efecto de que la devolución se deposite directamente en la cuenta del solicitante. La cuenta deberá estar a nombre del contribuyente.
El SAT verificará que el contribuyente se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales antes de autorizar la devolución. En caso de que existan adeudos fiscales, la autoridad podrá compensar de oficio el saldo a favor contra las cantidades que el contribuyente adeude.
En ciertos casos, el SAT podrá requerir que la solicitud de devolución esté respaldada por un dictamen de contador público registrado que certifique la procedencia y el monto del saldo a favor.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las solicitudes de devolucion requieren documentacion probatoria completa, incluyendo CLABE interbancaria a nombre del contribuyente. El SAT verifica que el solicitante este al corriente en sus obligaciones y puede compensar de oficio adeudos existentes contra el saldo a favor. Es recomendable obtener la opinion de cumplimiento positiva antes de solicitar devoluciones para agilizar el proceso.
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