CFF

Artículo 25. Obligación de retener y enterar contribuciones

Establece la obligación de las dependencias y entidades de la administración pública federal de retener y enterar las contribuciones a cargo de terceros, así como las consecuencias del incumplimiento de esta obligación.

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Texto Legal

Artículo 25 — Retención y Entero de Contribuciones por Entidades Públicas

Los contribuyentes obligados a pagar mediante retención podrán optar por la devolución o la compensación del saldo a favor que resulte contra las cantidades que a su vez estén obligados a retener. Las dependencias y entidades de la administración pública federal que realicen pagos a terceros deberán retener y enterar las contribuciones correspondientes.

Obligación de retener

Las personas que conforme a las disposiciones fiscales tengan la obligación de retener contribuciones a cargo de terceros deberán enterarlas a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que se efectúe la retención.

Responsabilidad del retenedor

El retenedor es responsable solidario con el contribuyente por las cantidades que estando obligado a retener no retenga o que habiendo retenido no entere en tiempo y forma. La responsabilidad cesará una vez que el contribuyente pague las contribuciones correspondientes.

Comprobante de retención

Los retenedores deberán expedir comprobantes fiscales que acrediten el monto de las retenciones efectuadas, los cuales servirán al contribuyente como constancia de retención para efectos de su acreditamiento o deducción.

Forma de pago

Las retenciones deberán enterarse mediante declaración electrónica presentada a través de los medios que establezca el SAT, utilizando las formas y formatos autorizados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Los retenedores son responsables solidarios por las cantidades no retenidas o no enteradas. Las empresas que pagan salarios, honorarios, arrendamientos u otros conceptos sujetos a retencion deben cumplir con el entero a mas tardar el dia 17 del mes siguiente. Es indispensable expedir comprobantes fiscales de retencion para que los trabajadores o proveedores puedan acreditar los impuestos retenidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 25 del CFF?

Establece la obligación de las dependencias y entidades de la administración pública federal de retener y enterar las contribuciones a cargo de terceros, así como las consecuencias del incumplimiento de esta obligación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 25 de la Código Fiscal?

SDV Asesores: Los retenedores son responsables solidarios por las cantidades no retenidas o no enteradas. Las empresas que pagan salarios, honorarios, arrendamientos u otros conceptos sujetos a retencion deben cumplir con el entero a mas tardar el dia 17 del mes siguiente. Es indispensable expedir comprobantes fiscales de retencion para que los trabajadores o proveedores puedan acreditar los impuestos retenidos.

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