CP

Artículo 105. Agresión con armas

La agresión con cualquier tipo de arma, aunque no cause heridas, será penalizada con prisión de quince días a seis meses. Las penas pueden aumentar según circunstancias agravantes.

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Texto Legal

- Será reprimida con prisión de quince a seis mese, la agresión con toda arma, aunque no causare herida. Si concurriera alguna de las circunstancias previstas en los artículos 80 y 81, inciso 1.º, letra a), la pena se aumentará o disminuirá en un tercio respectivamente. CAPITULO VI Abandono de personas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo subraya la gravedad de cualquier agresión con armas. Las consecuencias legales pueden ser severas, incluso si no hay lesiones, lo que puede afectar la vida cotidiana.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 105 del CP?

La agresión con cualquier tipo de arma, aunque no cause heridas, será penalizada con prisión de quince días a seis meses. Las penas pueden aumentar según circunstancias agravantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 105 de la CP?

Este articulo subraya la gravedad de cualquier agresión con armas. Las consecuencias legales pueden ser severas, incluso si no hay lesiones, lo que puede afectar la vida cotidiana.

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