Este artículo sanciona el acceso carnal bajo engaño, con penas de tres a seis años. Protege a las personas de abusos en relaciones engañosas.
- Se impondrá reclusión o prisión de tres a seis años, al que abusare del error de una mujer fingiéndose su marido y tuviere con ella acceso carnal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Engañar a alguien para obtener acceso carnal tiene consecuencias legales graves. Es importante ser transparente en las relaciones para evitar conflictos legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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