CP

Artículo 134. Matrimonio con Impedimentos

Se sanciona con prisión a quienes contraigan matrimonio sabiendo que existe un impedimento. Este artículo es clave para la validez de los matrimonios.

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Texto Legal

- Serán reprimidos con prisión de uno a cuatro años, los que contrajeren matrimonio sabiendo ambos que existe impedimento que cause su nulidad absoluta.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo puede afectar la validez de un matrimonio y generar consecuencias legales para los contrayentes, lo que es crucial en la planificación familiar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 134 del CP?

Se sanciona con prisión a quienes contraigan matrimonio sabiendo que existe un impedimento. Este artículo es clave para la validez de los matrimonios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 134 de la CP?

Este artículo puede afectar la validez de un matrimonio y generar consecuencias legales para los contrayentes, lo que es crucial en la planificación familiar.

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