Este articulo penaliza ofensas a funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, con penas que aumentan si el ofendido es un alto funcionario. Se busca proteger la dignidad de la autoridad.
- Será reprimido con prisión de quince días a seis meses, el que provocare a duelo, amenazare, injuriare o de cualquier modo ofendiere en su dignidad o decoro a un funcionario público a causa del ejercicio de sus funciones o al tiempo de practicarlas. La prisión será de un mes a un año, si el ofendido fuere el presidente de la nación, un miembro del congreso, un gobernador de provincia, un ministro nacional o provincial, un miembro de las legislaturas provinciales o un juez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Ofender a un funcionario puede resultar en penas severas, especialmente si se trata de un alto cargo, lo que puede afectar tu situación legal y social.
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