CP

Artículo 248. Resoluciones contrarias a la ley

Este articulo establece sanciones para funcionarios que actúen en contra de la constitucion o leyes. Las penas incluyen prisión de uno a dos años y una inhabilitación especial.

funcionariosresolucionesprisióninhabilitación

Texto Legal

- Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los funcionarios deben asegurarse de que sus decisiones estén alineadas con la ley para evitar sanciones severas. Ignorar este articulo puede resultar en consecuencias legales graves y afectar la operatividad del organismo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 248 del CP?

Este articulo establece sanciones para funcionarios que actúen en contra de la constitucion o leyes. Las penas incluyen prisión de uno a dos años y una inhabilitación especial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 248 de la CP?

Los funcionarios deben asegurarse de que sus decisiones estén alineadas con la ley para evitar sanciones severas. Ignorar este articulo puede resultar en consecuencias legales graves y afectar la operatividad del organismo.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 248 del CP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 248 CP desde tu celular