Este articulo establece sanciones para funcionarios que actúen en contra de la constitucion o leyes. Las penas incluyen prisión de uno a dos años y una inhabilitación especial.
- Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los funcionarios deben asegurarse de que sus decisiones estén alineadas con la ley para evitar sanciones severas. Ignorar este articulo puede resultar en consecuencias legales graves y afectar la operatividad del organismo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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