Este articulo castiga la violación de treguas o armisticios con penas de presidio menor. La ley busca mantener la paz en conflictos.
ART. 113. El que violare tregua o armisticio acordado entre la República y otra nación enemiga o entre sus fuerzas beligerantes de mar o tierra, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Violaciones a acuerdos de paz pueden llevar a consecuencias legales y afectar la reputación del involucrado. Es esencial cumplir con los compromisos establecidos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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