Este articulo castiga a quienes cometen crímenes relacionados con los artículos 121 y 126 sin alzarse contra el Gobierno, con penas menores. Esto muestra la flexibilidad del Código Penal.
ART. 133. Los que por astucia o por cualquier otro medio, pero sin alzarse contra el Gobierno, cometieren alguno de los crímenes o simples delitos de que tratan los arts. 121 y 126, serán penados con reclusión o relegación menores en cualquiera de sus grados, salvo lo dispuesto en el art. 137 respecto de los delitos que conciernen al ejercicio de los derechos políticos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cometer crímenes relacionados sin alzarse puede resultar en penas menores, pero aún así implica un riesgo legal que debe ser considerado por quienes actúan en contextos de tensión política.
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