Las penas por violar normas ambientales son aplicables a quienes tengan autorización pero incumplan condiciones. Esto refleja la importancia de la regulación ambiental.
ART. 306.- Las penas señaladas en el inciso primero del artículo anterior serán aplicables al que, contando con autorización para verter, liberar o extraer cualquiera de las sustancias o elementos mencionados en los números 1 a 6 del artículo 305, incurra en cualquiera de los hechos allí previstos, contraviniendo una norma de emisión o de calidad ambiental, incumpliendo las medidas establecidas en un plan de prevención, de descontaminación o de manejo ambiental, incumpliendo una resolución de calificación ambiental, o cualquier condición asociada al otorgamiento de la autorización, y siempre que el infractor hubiere sido sancionado administrativamente en, al menos, dos procedimientos sancionatorios distintos, por infracciones graves o gravísimas, dentro de los diez años anteriores al hecho punible y cometidas en relación con una misma unidad sometida a control de la autoridad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si tienes permisos para operar, es fundamental que cumplas con todas las condiciones establecidas, ya que cualquier incumplimiento puede llevar a sanciones severas.
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