CP

Artículo 392. Homicidio en riña

El articulo 392 establece penas para homicidios ocurridos en riñas, imponiendo sanciones a quienes ejercen violencia. Esto busca responsabilizar a todos los involucrados.

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Texto Legal

ART. 392. Cometiéndose un homicidio en riña o pelea y no constando el autor de la muerte, pero sí los que causaron lesiones graves al occiso, se impondrá a todos éstos la pena de presidio menor en su grado máximo. Si no constare tampoco quienes causaron lesiones graves al ofendido, se impondrá a todos los que hubieren ejercido violencia en su persona la de presidio menor en su grado medio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Participar en una riña puede llevar a sanciones por homicidio, lo que implica que es fundamental evitar conflictos físicos que puedan escalar a situaciones fatales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 392 del CP?

El articulo 392 establece penas para homicidios ocurridos en riñas, imponiendo sanciones a quienes ejercen violencia. Esto busca responsabilizar a todos los involucrados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 392 de la CP?

Participar en una riña puede llevar a sanciones por homicidio, lo que implica que es fundamental evitar conflictos físicos que puedan escalar a situaciones fatales.

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