Las lesiones graves en riñas se sancionan con penas inferiores si no se conoce al autor. Este artículo regula la responsabilidad en conflictos grupales.
ART. 402. Si resultaren lesiones graves de una riña o pelea y no constare su autor, pero sí los que causaron lesiones menos graves, se impondrán a todos éstos las penas inmediatamente inferiores en grado a las que les hubieran correspondido por aquellas lesiones. No constando tampoco los que causaron lesiones menos graves, se impondrán las penas inferiores en dos grados a los que aparezca que hicieron uso en la riña o pelea de armas que pudieron causar esas lesiones graves.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
En riñas, la falta de identificación de autores puede llevar a sanciones para todos los involucrados. Es crucial evitar participar en conflictos físicos para prevenir consecuencias legales.
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